TJUE tarjetas revolving
El TJUE vuelve a considerar a las tarjetas revolving usurarias

– El 25 de Marzo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó que España podrá aplicar la ley contra la usura a las tarjetas revolving
– La Ley contra Usura determina que los contratos con una TAE considerada usuraria por un tribunal quedará nulo

La guerra del Estado contra las comisiones usurarias libró una nueva batalla donde de nuevo los estados salen victoriosos. El pasado 25 de Marzo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminaba un fallo en Luxemburgo avalando al Tribunal Supremo, que se disponía a declarar nulos los contratos de tarjetas revolving cuyos intereses se considerasen usurarios.

La Ley de Usura o Ley de Azcárate

La sentenci se llev a los tribunales europeos cuando el Banco Santander decidió recurrir una sentencia del Tribunal Supremo. Ésta se produjo en la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, en un litigio que enfrentaba al banco con un consumidor al que la Audiencia decidió aplicar la Ley de Usura o Ley de Azcárate por un contrato de tarjeta de crédito con un límite de 3.000 euros y una TAE del 26,82%. La sentencia fue recurrida por el Banco Santander hasta llegar a los tribunales europeos.

La Ley de Usura o Ley de Azcárate nace en 1908 como medida para controlar los intereses abusivos. Según dicha ley, cualquier préstamo (y esto incluye a las tarjetas de crédito), cuyo interés se sitúe «notablemente por encima de lo normal», podrá ser anulado por un Tribunal, haciendo que el contrato quede nulo favoreciendo al prestatario.

No se estima un porcentaje TAE, y que a ojos de las financieras, esto es incompatible con la libre prestación de servicios financieros a nivel europeo. Así pues, queda a discreción de los juzgados cuándo unos intereses son usurarios o no, aunque todos los autos y sentencias favorables han sucedido con préstamos cercanos al 25%; esto hace que las tarjetas revolving se muevan justo en la frontera, con intereses que normalmente rondan el 22%. Casos de tarjetas que se han considerado usurarias son las de Wizink (con una TAE del 27,4%) o la de Kutxabank (24,6% TAE, sentencia 869/2001)

tarjeta revolving
Las llamadas tarjetas revolving, mal usadas, pueden llevarnos a una peligrosa espiral de deuda.

La mayoría de asociaciones las desaconsejan

Si «a ojo», un 25% TAE se considera usurario, un tipo de producto cuya TAE media es del 22% es claramente un producto que se mueve en la frontera constantemente. Asociaciones como FACUA o Asufin desaconsejan su uso, debido a las numerosas sentencias que las han condenado por usura y sobre todo por su tibia reacción; incluso tras las sentencias favorables a los consumidores, la TAE de estos productos apenas ha bajado; la Tarjeta Wizink Oro disminuyó del 21,94% al 20,90%, mientras que la de Bankia bajó del 26,08% TAE, al 19% TAE.

Entendemos que contratar una tarjeta revolving no significa pagar intereses desmesurados, si bien coincidimos con las asociaciones en que se debería asegurar la capacidad deudora del cliente. Disponer de una línea de crédito que nos permita tener una línea de crédito en cualquier momento puede salvarnos de más de un imprevisto, siempre que se use sólo como última instancia y no como hábito. Entendemos que un producto de mayor inmediatez y ausencia de trámites merece una remuneración mayor que un préstamo tradicional, pero apostamos siempre por una economía competitiva donde el cliente sea el ganador.

Cantidad Solicitada
Comparamos préstamos de 100 a 10.000 euros con diferentes tipos de intereses, desde el 0% hasta el 390%. Como ejemplo, un préstamo de 1.000€ a un plazo de dos años, con un TAE del 79,38% tiene unos intereses de 737,61€. Cantidad total a devolver 1.737,61€.

TAE mínimo 0% - TAE máximo 390%. Devuélvelo en un plazo desde 3 a 72 meses.