La Declaración de la Renta del próximo año será, sin duda, una declaración «movidita». Tras la crisis del coronavirus, tendremos que lidiar con diferentes líos burocráticos, especialmente si hemos optado a ayudas como el Ingreso Mínimo Vital, o si nuestra situación nos ha dejado en paro con dos pagadores anuales. Así que, si has tenido que pedir un préstamo, te explicamos la relación entre los préstamos y la declaración de la renta; ¿Hay que declararlos? ¿Desgravan?

¿Hay que incluir los préstamos en la Declaración de la Renta?

Muchos piensan que, al recibir una inyección de dinero en su cuenta, están aumentando su patrimonio en el momento que piden un préstamo. Al fin y al cabo, pasamos de tener cierta cantidad de dinero, a la misma más el crédito. No obstante, has de tener en cuenta que un préstamo es un producto.

Esto significa que, en ningún momento, tienes que declarar los préstamos que has solicitado en el borrador de la declaración de hacienda. Por supuesto, estos no afectarán en ningún modo al importe que tengas que pagar o que se te devuelva. Un crédito es un producto, por el cual pagas un importe, por lo que hablamos de un gasto. Y, como tal, no debe ir reflejado en tu declaración.

No obstante, hay ciertas circunstancias en las que te puede interesar que Hacienda sepa que has pedido un préstamo, ya que en algunas ocasiones, pedir un crédito desgravará en tu declaración. Pero, por supuesto, dependerá del caso.

Préstamos y Declaración de la Renta
Aunque no estás obligado u obligada a declarar tus préstamos, puede que te interese ya que algunos desgravan..

¿Los préstamos desgravan?

La respuesta corta es sí, los préstamos pueden desgravar. No obstante, si pides un préstamo para tu boda, no esperes que Hacienda te devuelva parte de los gastos invertidos en tu banquete de invitados.

Piensa que cuando Hacienda decide desgravar uno de nuestros gastos, es por dos motivos:

  • Ayudas indirectas a colectivos vulnerables. Hacienda desgrava en algunos gastos para colectivos específicos. Esto son prácticamente ayudas que se dan a colectivos vulnerables, otorgadas para que puedan mejorar su economía.
  • Incentivo social. Muchos gastos se suponen de interés social, por lo que Hacienda decide desgravar el gasto que ejercemos en ella. Por ejemplo, las cuotas de ONG’s o Sindicatos desgravan ya que se supone que son elementos que colaboran a crear una mejor sociedad.
  • Incentivo económico. Hacienda también desgravará ciertas inversiones que hagamos y que la Administración entiende que colabora con incentivar nuestra economía. Y es aquí donde entran en juego los préstamos.

Préstamos que desgravan en la Declaración de la Renta

Como hemos indicado, un préstamo puede desgravar. No obstante, sólo en los siguentes supuestos podrás desgravar tu préstamo en la Declaración de la Renta:

  • Préstamos para inversión inmobiliaria. Si invertimos en capital inmobiliario, es posible que la Administración deduzca parte de dicha hipoteca.
  • Préstamos para inversión en la propia vivienda. Si adquirimos una hipoteca, puede que optemos a que se nos deduzca. No obstante, tendremos que informarnos pues han de cumplirse diferentes requisitos que dependerán de muchos factores.
  • Préstamo para reformas. Si decidimos reformar nuestra vivienda, podemos optar a una deducción. No obstante, sólo se podrá si dicha reforma tiene como objetivo una mejora de los suministros o higiene del edificio, así como cambios a modelos más sostenibles (por ejemplo, instalar paneles solares)
Cantidad Solicitada
Comparamos préstamos de 100 a 10.000 euros con diferentes tipos de intereses, desde el 0% hasta el 390%. Como ejemplo, un préstamo de 1.000€ a un plazo de dos años, con un TAE del 79,38% tiene unos intereses de 737,61€. Cantidad total a devolver 1.737,61€.

TAE mínimo 0% - TAE máximo 390%. Devuélvelo en un plazo desde 3 a 72 meses.